La plataforma que ayuda a tu centro a cumplir con la LOPIVI y acompaña al Coordinador de Bienestar a prevenir, detectar e intervenir ante el ciberacoso en tres clics.
Cumple con las funciones que la LO 8/2021 exige al Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado, sin añadir carga de trabajo a tu equipo.
Es la figura que todos los centros educativos deben nombrar por ley para planificar, prevenir, detectar e intervenir ante cualquier forma de violencia hacia niñas, niños y adolescentes, también en el entorno digital.
Mi Huella Digital acompaña a esa figura en su día a día: centraliza la información, automatiza los trámites y reduce el ciberacoso en el centro, cumpliendo con sus funciones en tres clics.
¿A quién va dirigido? A cualquier centro educativo que necesite nombrar y apoyar a su Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado, cumpliendo con la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Cuatro fases que se apoyan una en la otra para construir un centro educativo protector.
Planifica y coordina todas las acciones encaminadas a garantizar la protección de niñas, niños y adolescentes desde el entorno escolar.
La prevención es el elemento fundamental del éxito de las actuaciones que el centro lleva a cabo frente al ciberacoso.
De una detección adecuada y temprana depende que se activen las medidas correctas para proteger al menor.
Construye la red de colaboraciones que convierte al centro educativo en un entorno protector.
Hasta 200 menores por centro. Elige el plan que mejor se adapta a tu centro educativo.
Hasta 200 menores
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Ideal para centros educativos pequeños que quieran asegurar el cumplimiento de la LO 8/21.
Más informaciónHasta 200 menores
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Detecta con herramientas de vanguardia los casos de ciberacoso y violencia digital que afectan a los menores del centro y resuélvelos con rapidez, cumpliendo con la Ley Orgánica 8/2021.
Más informaciónHasta 200 menores
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Protección total para los menores del centro y asesoramiento legal continuo. Seremos parte de tu equipo.
Más informaciónSeis funciones pensadas para que el coordinador gestione la protección digital del centro sin depender de hojas de cálculo ni de trámites manuales.
De alumnado, para la recopilación cuantitativa de sus preferencias de huella digital.
Mediante un procedimiento eIDAS certificado.
Para el tratamiento de datos y la transferencia internacional de datos.
Bajo permisos y privilegios del coordinador, ante cualquier accidente digital.
Con trazabilidad de tutores para el ejercicio de derechos y actuaciones ante la AEPD.
Con validez legal.
La nueva figura que todos los centros educativos deben tener. Quién es, qué le exige la Ley 8/21 y cuáles son sus funciones dentro del centro.
Descargar gratis
■ De dónde nace la figura del coordinador de bienestar
■ Cuáles son las responsabilidades del centro educativo y del coordinador de bienestar según la Ley 8/21
■ Conoce los principales accidentes digitales que involucran a menores
■ Cómo prevenir y gestionar los accidentes digitales
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